junio de 2026

ALBRICIAS / Cayendo

La grandeza de todo lo humano, lo que lo diferencia de las demás especies, reside en no aceptar muchas de las limitaciones que la naturaleza le impone. En consecuencia, se rebela y a veces, no pocas, la termina domeñando.

De ahí nace, para avanzar en la consecución de un orden beneficioso de amplio espectro que permita enfrentar a la imbatible naturaleza, sabido es que solo ella puede improvisar, que los humanos, para repartir el esfuerzo, establezcan unas reglas de juego previamente conocidas por todos; es decir, ese es el origen de la necesidad del contrato social, ese acuerdo realizado en el interior de un grupo por sus miembros, y que los vincula a todos. Y básicamente, lo primero que hace el contrato social es eliminar la vigencia de la ley del más fuerte, ley natural que permanece en el resto de las especies.

Establecida la norma desde el contrato social, por la vía democrática que sea, debe siempre respetarse; no es aceptable jamás su incumplimiento y, si en un momento dado se juzga que es errónea y no cumple la finalidad para la que fue creada, se modifica o cambia, por los mismos cauces que fue aprobada.

La manera de asegurar el respeto y el cumplimiento de la ley es a través de las instituciones creadas al efecto, y la primera de ellas es la separación de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial), división que de manera rigurosa ahora mismo en este país no se cumple. Es una aberración que el primero y el segundo interfieran en la elección de algunos de los integrantes del tercero.

La segunda institución es la elección directa, mediante listas abiertas, de los representantes, que estos sepan que han sido elegidos por los ciudadanos; es la manera de minorar la existencia de inútiles estómagos agradecidos al partido. Sería la manera de eliminar la torticera y asquerosa disciplina de partido; la única disciplina aceptable es la que impongan los ciudadanos directamente a sus representantes.

La tercera institución es la limitación de tiempo ocupando cargos públicos; como mucho, el máximo debería ser ocho años en toda la vida de cualquier persona como servidor público; obviamente, me refiero a cargos políticos, y, agotado ese plazo, que se lo tome como condena o no dependerá exclusivamente de él, tras hacer cumplida y saneada entrega de los trastos, que no tenga otra que la vuelta o el estreno en ganarse el pan con el sudor de su frente.

La cuarta es el riguroso cumplimiento de los programas con sistemas de control y rendición de cuentas reales y, por supuesto, disolución automática de las cámaras en caso de abiertas contradicciones; no cabe como explicación el “nos vemos obligados a ello”. No niego que puede ser cierta la obligación de llevarlo a término, pero en ese caso jamás por quien prometió lo contrario.

Y el uso de los reales decretos leyes exclusivamente para casos verdaderos, reales y ciertos de extraordinaria y urgente necesidad; sin que quepa sin más su ratificación por el poder legislativo para consolidarlos como ley permanente; finalizado el caso concreto que dio origen a su promulgación, la sensatez indica que mayoritariamente deberían quedar derogados y no lo contrario, como es lo habitual.

Lo antedicho es la manera de asegurar un poco, al menos, el cumplimiento de los programas, a los que se deben, que estos no sean papel mojado y, sobre todo, sirve para que el ejecutivo se dedique a lo que debe, que es gobernar y no a utilizar esta herramienta legislativa para sortear la compleja y fragmentada aritmética parlamentaria. Una curiosidad: en la actual XV legislatura española, que comenzó en noviembre de 2023, el Gobierno ha aprobado un total de 45 Reales Decretos-leyes y no ha presentado para su aprobación, como es imperativo por la Constitución, ni una sola vez la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

El legislativo está para legislar, pero no sobre lo que le plazca, cuando le plazca y como le plazca; cuando esta costumbre se instaura de facto, se torpedea en la línea de flotación la soberanía nacional de la ciudadanía. Se vulnera nuestra mayoría de edad y sobre todo el libre albedrío individual, que es lo que nos distingue como personas y nos arma de verdad frente a la incertidumbre; y no esa falsa apariencia de seguridad con la que nos quieren convencer de que, para nuestro beneficio de todo, ellos saben más.

Por supuesto, debería ser obligatorio dejar el cargo público nada más ser investigado/imputado; tal medida no menoscaba en absoluto la presunción de inocencia; la culpabilidad o no culpabilidad ya se dirimirá en los tribunales, que, entre otros fines, para eso están. Si realmente se ha venido a servir y no a servirse, sería lo razonable, pues en caso contrario no solo se perjudica la institución en la que se ejerce tal cargo público, sino que además se incrementa la carnaza para alimentar la polarización de la sociedad; cuando se supone que precisamente a lo que están obligados es a impulsar siempre y sin excepción la paz social. El que quiera tener cargo político debe aceptar aquello de que la mujer del César no solo debe ser honrada, también debe parecerlo.

Más vale no engañarse ni pecar de ingenuos; en un estado social y democrático de derecho, casi todos seguimos siendo nadie, al menos nadie que tenga una posibilidad si se enfrenta a un poderoso, pero al menos, si la democracia es auténtica, no viciada, tenemos todos el derecho a saber la verdad, y si quien ejerce las funciones de gobierno es valiente y honrado, no debe ocultarla aun a riesgo de graves y contundentes consecuencias.

Después, los iluminados políticos que tenemos se hacen los sorprendidos de que la confianza en el sistema, no en todos los casos, pero sí en demasiados, esté cayendo.

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Archivo Entreletras

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