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¿Qué puedo hacer y qué no durante el estado de alarma?

Entreletras (fuente: RTVE).- / 15-Marzo-2020

boeLa entrada en vigor del estado de alarma ante la pandemia del coronavirus reúne una batería de medidas que, por su excepcionalidad, generan dudas en los ciudadanos. A continuación resumimos las que afectan a la vida cotidiana de cualquier persona. La sociedad debe aprender a convivir con estas normas para contener la enfermedad, que deja miles de contagiados en España.

El Real decreto incluye numerosas y varias medidas y restricciones, las más destacadas las que restringen los movimientos y confinan en su casa a las personas. Con el texto en la mano intentamos responder a algunas de las dudas que pueden surgir al respecto.

Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma

¿Puedo salir de casa?, ¿Para qué?, ¿Qué excepciones?

El decreto de estado de alarma limita los desplazamientos a los casos de fuerza mayor y, para los permitidos, se establece que habrá que evitar aglomeraciones y que debe mantenerse una «distancia de seguridad de al menos un metro» para evitar el contagio.

Los desplazamientos permitidos serán los necesarios para ir a trabajar, retornar al lugar de residencia habitual, comprar alimentos o medicamentos, acudir a hospitales o cuidar a ancianos o personas dependientes, desplazarse a entidades financieras o pasear a una mascota.

¿Qué transportes puedo utilizar?

El transporte público de viajeros en el interior del país por carretera, ferroviario, aéreo y marítimo se reducirá al menos un 50 %, a excepción del servicio de Cercanías y del resto de transportes de competencia autonómica y municipal, es decir, Metro y autobuses urbanos e interurbanos.

Según el real decreto que declara el estado de alarma por la crisis del coronavirus, dichas medidas y porcentajes podrán ser modificados por el Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), que podrá establecer condiciones específicas al respecto.

En el caso de los servicios de transporte público de competencia autonómica o local, el ministro y las autoridades de la administración correspondiente podrán fijar un porcentaje de reducción u otras condiciones específicas, si la situación sanitaria lo aconseja, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar que los ciudadanos puedan acceder a su puesto de trabajo y a los servicios básicos.

Para el transporte entre islas y entre éstas y la península se establecerán unos criterios específicos, así como para facilitar el transporte de mercancías en todo el territorio nacional, con el fin de garantizar el abastecimiento.

El real decreto obliga además a los operadores de servicio de transporte de viajeros a realizar una limpieza diaria de los vehículos, de acuerdo con las recomendaciones que establezca el Ministerio de Sanidad.

Por su parte, los sistemas de venta de billetes por internet deberán incluir durante el proceso de compra un mensaje suficientemente visible en el que «se desaconseje viajar salvo por razones inaplazables».

¿A qué tiendas puedo ir?

Estarán abiertas las tiendas de alimentos, bebidas, productos de primera necesidad, famarcias, médicos, ópticas, productos ortopédicos, higiénicos, prensa, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para animales de compañía, tintorerías, peluquerías, comercio por internet, telefónico o por correspondencia.

La permanencia en los establecimientos cuya apertura esté permitida será la estrictamente necesaria para adquirir alimentos o productos de primera necesidad y no se podrá consumir en los mismos. Se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de al menos un metro.

¿Por qué las peluquerías y tintorerías seguirán abiertas?

La decisión de incluir entre los negocios que permanecerán abiertos las peluquerías y las tintorerías -algo que ha sorprendido a muchos ciudadanos- se ha llevado a cabo por razones de higiene y por la intención de alterar solo lo mínimo posible la vida de la gente, informan fuentes del Gobierno.

Además, el Ejecutivo entiende que hay personas que no tienen lavadora en casa y no pueden lavar a más de 60 grados, como es recomendable para la ropa, sábanas y toallas de las personas contagiadas o con síntomas.

Respecto a las peluquerías, el Gobierno atiende en este caso al hecho de que se han convertido para muchas personas mayores en parte fundamental d
e su aseo, ya que no pueden lavarse la cabeza, así como una rutina de su vida cotidiana, que se pretende alterar solo lo imprescindible para frenar la expansión del virus.

En ambos casos, las fuentes del Gobierno precisan que se trata de perjudicar lo menos posible al pequeño comercio.

¿Puedo pasear a mi mascota?

Se podrá pasear a las mascotas siempre de manera individual y respetando la distancia de seguridad con los dueños de otras mascotas. Las tiendas de alimentos de animales estarán abiertas así como los centros veterinarios.

 

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Archivo Entreletras

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