noviembre de 2024 - VIII Año

Cuando Pi y Margall proclamó la Primera República

En el 150 aniversario de la llegada de la Primera República recordamos un texto clave de ese momento, y de la mano de Pi y Margall

Proclamación de la República por la Asamblea Nacional en La Ilustración Española y Americana (16-febrero-1873). José Luis Pellicer

Estamos hablando de la circular que Pi y Margall envió a los gobernadores en el mes de febrero de 1873 dando noticia de la proclamación de la República, una vez que el rey Amadeo I había decidido abdicar y la Cortes, en virtud de la representación nacional, habían reasumido los poderes.

El texto se divide en tres partes, íntimamente unidas. En primer lugar, se explicaba el proceso pacífico y ordenado que había llevado a la proclamación de la República, después se especificaban los pilares que debían sustentar a la República y, por fin, se anunciaban las elecciones a Cortes Constituyentes.

Pi y Margall anunciaba que la proclamación de la República se había realizado de forma pacífica, sin sangre ni convulsiones. Las autoridades debían contribuir a mantener este ambiente de paz. Para nuestro protagonista era muy importante dejar claro que la República no era sinónimo de anarquía.

Pi y Margall consideraba que la República quedaba definida con el lema de “Orden, Libertad y Justicia”. El orden era imprescindible porque no se podían permitir los abusos con el fin de que se respetasen los derechos de los ciudadanos. Pero el orden no era incompatible con la libertad, una relación o dicotomía fundamental en la Historia del siglo XIX español porque generó un intenso debate político en el seno del liberalismo, y que también se enriqueció con la versión carlista sobre el particular, y la de los demócratas y republicanos. Para Pi y Margall no se podían violar los derechos que la Constitución en vigor, la de 1869, reconocía y garantizaba. Además, había que proteger la diversidad ideológica de la nación española, no podía dejarse fuera de la ley a ningún partido. Por fin, consideraba que la insurrección dejaba de ser un derecho cuando había sufragio universal, soberanía popular y libertad para difundir las ideas.

El proceso hacia la normalización institucional se completaría con la convocatoria de elecciones a Cortes Constituyentes para formar la República. Pi y Margall insistía en que debían ser unas elecciones limpias, sin los fraudes del pasado. Si eso no ocurría la República sería un fracaso, un desengaño más para los españoles.

En conclusión, Pi y Margall estaba hablando de un proceso de transición política que debía ser ordenado y limpio para conseguir establecer la República en España.

El texto, en cuestión es el siguiente:

«Vacante el trono por renuncia de d. Amadeo de Saboya, el Congreso y el Senado, constituidos en las Cortes Soberanas, han reasumido todos los poderes y proclamado la república.

A consolidarla y darle prestigio han de dirigirse ahora los esfuerzos de todas las Autoridades que de este Ministerio dependen. Se ha establecido sin sangre, sin convulsiones, sin la más pequeña alteración del orden y sin disturbios conviene que se le sostenga, para que acaben de desengañarse los que la consideraban como inseparable de la anarquía.

Orden, Libertad y Justicia: Este es el tema de la República. Se contrariarían sus fines si no se respetara y se hiciera respetar el derecho de todos los ciudadanos, no se corrigieran con mano firme todos los abusos y no se doblegara al saludable eje de la Ley en todos los terrenos. Se le contrariaría también, si no se dejara amplia y absoluta libertad a las manifestaciones del pensamiento y de la conciencia; si se violara el más pequeño de los derechos consignados en el Título 1 de la Constitución de 1869. No se les contrariaría menos, si por debilidad se dejara salir fuera de la órbita de la Ley a alguno de los partidos en que está dividida la nación española. Conviene no olvidar que la insurrección deja de ser un derecho desde el momento en que, universal el sufragio, sin condiciones la libertad, y sin el límite de la autoridad real la soberanía del pueblo, toda idea puede difundirse y realizarse sin necesidad de apelar al bárbaro recurso de las armas.

Se han de reunir las Cortes Constituyentes que vengan a dar organización y forma a la República; no se repetirán en los próximos comicios las ilegalidades de otros tiempos. No se cometerán ya las coacciones, los manejos, las violencias y los fraudes que tanto falsearon las otras elecciones; no quedará sin castigo el que las cometa Sin un gran respeto a la Ley sería la República un desengaño más para los pueblos y los que componen el Comité Ejecutivo no hemos de defraudarles ni consentir que se les defraude la última esperanza.»

Circular del Ministerio de la Gobernación a todos los gobernadores de provincias, de 14 de febrero de 1873. Pi y Margall.

Bibliografía:
López-Cordón, María Victoria (1976). La revolución de 1868 y la I República. Madrid.
Fontana, Josep (2007). La época del liberalismo. Vol. 6 de la Historia de España, dirigida por Josep Fontana y Ramón Villares. Barcelona.

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Archivo Entreletras

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