abril de 2024 - VIII Año

Falsedad del máster de Casado

Por Antonio Rato.- | Septiembre 2018

sextaAllá por los años 50, cuando yo obtuve el título de licenciado en derecho, encabezaba estos documentos Su Excelencia el Jefe del Estado y lo firmaba en su nombre el Magnífico y Excelentísimo Rector de la Universidad de Madrid. Tuve que traducirlo oficialmente al francés para obtener su equivalencia y matricularme en la Sorbona y el resultado fue decepcionante. Solo aparecía Monsieur le Recteur de L’Université de Madrid.

La verdad es que el título encubría muchas vergüenzas académicas: La mayor parte de los titulares de las cátedras (Sánchez Román, Jiménez de Asúa, etc.) estaban exiliados en La Argentina o Méjico y habían sido sustituidos por oscuros docentes con mejor intención que conocimientos, y que solían festejar al alumnado con aprobados generales. Pérez Serrano se había salvado de la quema, pero cuya vocación había sufrido tras la derrota, delegaba la docencia en su auxiliar Sr. Valero, que se complacía en ser invitado a los guateques de los estudiantes de tronío, a quienes correspondía cumplidamente al calificar sus exámenes.

En realidad, era de buen tono tener recomendaciones, y todo el que podía se jactaba de ello. Era la época del ‘Vd. no sabe con quién está hablando

Yo me honro de pertenecer a una generación de autodidactas que en lugar de asistir a clase, (en primero de derecho éramos 800 en el aula magna, incluidas 4 féminas, por lo que no era posible pasar lista) aunque matriculados como asistentes, estudiábamos por libre en la biblioteca de La Valdecilla y solo asistíamos a las escasas clases prácticas de algunas asignaturas.

Por lo que vemos en la Rey Juan Carlos, han vuelto los aprobados generales, la enseñanza oficial por libre, y el ambiente de desprecio al claustro en el ámbito del Instituto de Derecho Público que acaba de fenecer. R.I.P.

Pero lo más grave es la pasividad con que el Tribunal Supremo observa los hechos. En concreto, que se otorguen títulos académicos en el que se observan gravísimas facilidades que los vacían de contenido y ni siquiera se atrevan a calificarlos de títulos nulos. Cuando además esa nulidad refleja que no pueden dar fe de ningún mérito del alumno ni por lo tanto pueden ser valorados en ninguna demanda de empleo porque falsearían la selección de candidatos.

Parece claro que, además de nulos son delictivos. Basta incluso con los hechos que se declaran probados en la sentencia, a pesar de lo descafeinado del relato, para que sean subsumibles de forma inconcusa en el artículo 399 del código penal que copio para ahorrar la búsqueda y demostrar lo que digo.

Artículo 390

‘1. Será castigado con las penas de prisión de tres a seis años, multa de seis a veinticuatro meses e inhabilitación especial por tiempo
de dos a seis años, la autoridad o funcionario público que, en el ejercicio de sus funciones, cometa falsedad

1º) Alterando un documento en alguno de sus elementos o requisitos de carácter esencial.

2º) Simulando un documento en todo o en parte, de manera que induzca a error sobre su autenticidad.

3º) Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido, o atribuyendo a las que han intervenido en él declaraciones
o manifestaciones diferentes de las que hubieran hecho.

4º) Faltando a la verdad en la narración de los hechos.’

Podrá discutirse si el Sr. Casado es autor material del delito, pero su participación en el mismo resulta indiscutible y puede graduarse desde la autoría por inducción al simple encubrimiento con beneficio personal. El artículo 301 del código penal castiga como encubridor a quien utilice bienes sabiendo que éstos tienen su origen en una actividad delictiva.

Reconocer esta participación por parte del Sr. Casado es el mínimo desagravio exigible para las víctimas que ven vulnerado su derecho a ostentar con orgullo sus diplomas obtenidos con esfuerzo y sacrificio económico. Y al buen nombre de la Universidad Española, tan necesitada de una limpieza a fondo.

 

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